Marco regulador ético-jurídico:
Aspectos éticos:
Juramento hipocrático
Declaraciones éticas
Códigos de éticaAspectos jurídicos:
Constitución política
Códigos: penal, civil, sanitario.
Leyes, normas, reglamentos.
La odontología legal profesional incluye:
1. Ética profesional o bioética
2. Ejercicio de la profesión
3. Regulación del ejercicio
4. Agrupaciones médicas
5. Responsabilidad médica
1. Ética profesional: conjunto de reglas de la profesión ajenas a lo jurídico, que rigen la conducta del odontólogo frente a sus pacientes, colegas, sociedad.
Consideraciones éticas respecto al paciente:
· Ser que sufre, y acude al odontólogo para encontrar una solución o tratamiento
Consideraciones éticas con los colegas:
· Respetar el trabajo intelectual
· Opinión mesurada sobre el trabajo
Consideraciones éticas con nosotros mismos:
· Enriquecer conocimiento científico
· Enriquecer conocimiento teórico y técnico
· Actuar dentro del marco ético y jurídico
2. Ejercicio de la profesión:
· Posesión del título profesional
· Inicio de actividades en SII
· Patente profesional
Atribuciones derivadas de la posesión del título profesional: dirigir establecimientos, prescribir y almacenar fármacos, extender certificaciones, entregar licencias medicas, diagnosticar, pronosticar, realizar tratamientos, supervigilar actividades de colaboración.
Derechos y deberes: no abandonar al enfermo, apego a la Lex Artis, respeto ético, secreto profesional, dar instrucciones claras, derecho a recibir información verídica del paciente y que se respeten las instrucciones medicas indicadas.
3. Regulación del ejercicio:
· Ejercicio ilegal: sanción del código sanitario, penal y ético.
· Secreto profesional, que nace del juramento Hipocrático.
4. Colegio Profesional:
· Institución de derecho privado
· No es obligatoria la afiliación
· Son un tribunal ético para los afiliados
5. Responsabilidad médica:
· Ejercicio doloso: incluye delitos y faltas, es una infracción al marco regulador, de carácter criminal. Forma de voluntad intencionada o maliciosa.
· Ejercicio culposo: infracción en responsabilidad: cuasidelitos (negligencia, imprudencia e impericia). Forma de voluntad sin intención.